Consideraciones Fiscales sobre Criptoactivos según la DIAN de Colombia

Brenkiria
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A finales de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia publicó el “Concepto Unificado sobre Criptoactivos”, ofreciendo claridad sobre el manejo fiscal de las criptomonedas en el país. A continuación, se presentan las principales consideraciones en un formato de preguntas y respuestas:

¿Qué son los criptoactivos?

La DIAN define los criptoactivos como activos intangibles registrados frecuentemente en una blockchain, utilizados principalmente para realizar transacciones de manera rápida, segura y sin intermediarios. Entre los criptoactivos se incluyen valores negociables tokenizados, security tokens, utility tokens, asset tokens y tokens con finalidad de pago. Esto abarca desde bitcoin hasta tokens que representen derechos sobre una obra de arte.

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¿La venta de criptoactivos está sujeta al impuesto a la renta?

Sí, la venta de criptomonedas está sujeta al impuesto a la renta. El beneficio se calcula restando el costo de adquisición del precio de venta del activo. Los residentes en Colombia tributan por el criterio de renta mundial, es decir, sobre ingresos tanto de fuentes colombianas como extranjeras, mientras que los no residentes tributan solo sobre sus ingresos de fuente colombiana.

¿La permuta entre criptoactivos se considera una venta a efectos fiscales? ¿Y si se utilizan criptomonedas para comprar un inmueble?

Sí, la permuta entre criptoactivos se considera una venta y se debe calcular la ganancia obtenida. De igual manera, si se usan criptomonedas para comprar un inmueble u otro bien, se debe calcular el resultado de la operación, ya que se considera una “enajenación” de las criptomonedas entregadas como pago.

¿La revalorización de un criptoactivo paga el impuesto a la renta?

No, el simple incremento de precio de un criptoactivo no está gravado. El impuesto a la renta se aplica al momento de la venta del activo. Por ejemplo, si alguien compró 1 bitcoin a $100 y no lo ha vendido, no se genera un ingreso gravable, pero cuando se venda, se deberá calcular la ganancia obtenida.

¿Los airdrops están sujetos al impuesto a la renta?

Sí, los airdrops se consideran un ingreso tributario y constituyen una ganancia ocasional, ya que son una recompensa no vinculada a una contraprestación.

¿La minería PoW y el staking están sujetos al impuesto a la renta?

Sí, los ingresos obtenidos de la minería PoW y el staking se consideran un pago en especie y están sujetos al impuesto sobre la renta. Los mineros y quienes hagan staking en Colombia deben tributar este impuesto por los beneficios obtenidos.

¿La venta de criptomonedas está gravada con el IVA?

No, la venta de criptomonedas no está sujeta al IVA. Sin embargo, la prestación de servicios relacionados con criptomonedas, como la intermediación o la minería, sí está gravada con el IVA. Por ejemplo, un trader de criptomonedas no paga IVA por sus operaciones, pero una empresa que preste servicios de exchange sí debe tributar IVA por el servicio prestado.

Estas consideraciones de la DIAN proporcionan una guía esencial para el manejo fiscal de criptoactivos en Colombia, asegurando que tanto individuos como empresas comprendan sus obligaciones tributarias en este creciente sector.

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